impacto ambiental Archives - Grupo Camvia https://gcamvia.com/tag/impacto-ambiental/ Expertos en Normativa, Trámites y Cumplimiento Ambiental Mon, 26 Oct 2026 18:28:34 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=7.1.4 https://gcamvia.com/wp-content/uploads/2026/10/camvia-favicon-512-150x150.png impacto ambiental Archives - Grupo Camvia https://gcamvia.com/tag/impacto-ambiental/ 32 32 Granjas porcícolas en Yucatán: qué está en juego y qué lecciones deja a la industria https://gcamvia.com/granjas-porcicolas-yucatan-profepa/ https://gcamvia.com/granjas-porcicolas-yucatan-profepa/#respond Thu, 29 Oct 2026 13:30:00 +0000 https://gcamvia.com/?p=439 Estudio de agua, multas de PROFEPA y freno estatal a nuevas granjas: qué pasa con las granjas porcícolas en Yucatán, las posturas de cada parte y 5 lecciones de cumplimiento.

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En una semana, las granjas porcícolas en Yucatán pasaron al centro del debate ambiental: un estudio de calidad del agua, un balance de sanciones de PROFEPA y un anuncio del gobierno estatal de no autorizar nuevas granjas.

Revisamos los hechos, las posturas de cada parte y las lecciones de cumplimiento para cualquier empresa que descargue aguas residuales en zonas con acuíferos vulnerables.

Contexto del caso

La península de Yucatán tiene suelo kárstico: roca caliza porosa conectada con cenotes y ríos subterráneos. Por eso, lo que se descarga en la superficie puede llegar rápido al acuífero, que es la principal fuente de agua de la región.

El 20 de octubre de 2026, Greenpeace México y comunidades mayas presentaron en Mérida los resultados de un monitoreo de agua. La presentación se hizo a un año de la denuncia popular que habían interpuesto ante autoridades federales por la operación de granjas porcícolas.

Lo que reporta el estudio

Según Greenpeace México, las muestras se tomaron en agosto de 2026 en 17 pozos y cenotes de Kinchil, Sitilpech, Motul, Chocholá, Molas, Celestún y San Antonio Tedzidz, y se analizaron en un laboratorio acreditado. De acuerdo con la información difundida:

  • 16 de 17 muestras alcanzaron el límite superior de medición de coliformes totales.
  • 13 muestras registraron más de 1,800 NMP/100 ml de coliformes fecales.
  • En los puntos más afectados, la demanda química de oxígeno llegó a 795 mg/l y el fósforo total a 29.1 mg/l.
  • Según La Jornada, hubo nitratos en la mayoría de las muestras y dos superaron la referencia de 50 mg/l de la OMS.

El propio reporte reconoce que estos indicadores no permiten distinguir entre origen animal y humano. Por separado, la Red To’one Ja’o’on presentó estudios de 2024 y 2026 en cinco puntos (Mérida, Izamal, Kinchil, Chapab y Maxcanú) que, con el marcador microbiano Pig2Bac y análisis de la Universidad Johns Hopkins y la UNAM, identificaron materia fecal de origen porcino.

Qué está en juego: los instrumentos ambientales

El caso no se resuelve con un solo permiso. Intervienen varios instrumentos, y cada uno tiene su propia autoridad:

  • Autorización de impacto ambiental. Según PROFEPA, en Yucatán hay granjas con autorización federal y otras con autorización estatal. Esa doble vía generó por años vacíos de coordinación.
  • Descargas de aguas residuales. Las adecuaciones en curso buscan cumplir los límites de la NOM-001-SEMARNAT-2021 para descargas a cuerpos receptores.
  • Denuncia popular. Es la vía que usaron las comunidades y que obliga a la autoridad federal a investigar y responder.
  • Inspección y sanción. PROFEPA puede imponer multas, clausuras y medidas correctivas con plazos de cumplimiento.

Para cerrar ese vacío, SEMARNAT, PROFEPA y la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) de Yucatán firmaron el 9 de febrero de 2026 un convenio específico de coordinación, vigente al 30 de septiembre de 2030. Con él, la SDS puede pedir a SEMARNAT dictámenes técnicos vinculantes sobre la evaluación de impacto ambiental de obras porcícolas, y se creó un comité técnico que sesiona cada trimestre.

Estado actual y cronología verificada

  • 4 de septiembre de 2025. PROFEPA ordenó la clausura total definitiva de la granja de Pecuaria Peninsular en Santa María Chi, con multa de 18.6 millones de pesos y obligación de reparar los daños, según la información difundida por la dependencia.
  • 9 de febrero de 2026. Firma del convenio entre SEMARNAT, PROFEPA y la SDS (comunicado 052/2026 de PROFEPA).
  • Abril de 2026. Concluyó el retiro de 41,570 cerdos de Pecuaria Peninsular. PROFEPA, con apoyo del INECC, evalúa las afectaciones al agua y al suelo para definir la restauración.
  • 20 de octubre de 2026. Greenpeace México y comunidades presentan el estudio de agua.
  • 22 de octubre de 2026. PROFEPA, junto con SEMARNAT, Conagua, IMTA, INECC y la SDS, informó multas acumuladas por 105.8 millones de pesos al sector porcícola en el estado, derivadas de procedimientos de años anteriores, y 18 inspecciones en 2025 y 2026.
  • 23 de octubre de 2026. El Gobierno de Yucatán anunció cuatro acciones para el sector y afirmó que no ha otorgado autorizaciones para nuevas granjas.

Plazo para la principal empresa del sector

Según PROFEPA, Kekén y sus granjas aparceras concentran el 80% de la producción porcícola del estado. De sus 14 granjas propias, 3 ya operan con equipos complementarios de tratamiento de aguas residuales y 11 están en instalación, con plazo a marzo de 2027. Además, 39 de sus 56 granjas aparceras presentaron proyectos de mejora para evaluación ambiental.

Posturas de las partes

Autoridades

El Gobierno de Yucatán, a través de la SDS, anunció el 23 de octubre: impulso a plantas de tratamiento de tecnología avanzada, coordinación con la Federación mediante convenios, cero autorizaciones para nuevas unidades porcícolas mientras se regularizan las existentes, y monitoreo de calidad del agua en tiempo real con la UNAM. El comunicado no precisa el instrumento jurídico de la medida ni su publicación en el Diario Oficial del Estado [por confirmar].

Organizaciones y comunidades

Greenpeace México y las comunidades piden inspecciones transparentes, información pública sobre resultados y sanciones, reparación del daño y una moratoria a nuevas megagranjas en la península. Greenpeace sostiene que más del 90% de estas operaciones carecen de evaluación de impacto ambiental; es una afirmación de la organización que las autoridades no han confirmado.

Productores

La Asociación Ganadera Local de Porcicultores de Mérida rechazó el reporte en un comunicado del 23 de octubre. Señaló que los indicadores fecales no distinguen origen animal o humano, que el sector ha invertido en tratamiento, riego tecnificado y reúso de agua, y citó datos de Conagua según los cuales la porcicultura representa cerca del 0.6% de las descargas registradas. Pidió información verificable y un diálogo técnico.

Lecciones de cumplimiento para la industria

  1. Confirme qué autoridad emitió su autorización y que su operación real coincida. Capacidad, número de unidades y superficie deben corresponder con lo autorizado. Las ampliaciones sin evaluación son de los primeros hallazgos en una inspección.
  2. Trate y mida sus descargas con laboratorio acreditado. Cumplir la NOM-001-SEMARNAT-2021 exige tratamiento suficiente y monitoreo periódico documentado, no solo una planta instalada.
  3. Construya su propia línea base de agua. Cuando un tercero publica un estudio, la empresa que tiene datos propios de pozos y descargas puede responder con evidencia y no solo con comunicados.
  4. Atienda las denuncias populares desde el primer requerimiento. Un programa de adecuación con calendario verificable, como el que hoy se exige al sector en Yucatán, es mejor punto de partida que una clausura.
  5. Informe a las comunidades vecinas. La exigencia de información pública fue un eje del caso. Reportes periódicos y canales de atención reducen el conflicto social y el riesgo regulatorio.

Estas lecciones aplican a la agroindustria, la industria de alimentos y cualquier planta que descargue en zonas de recarga o sobre acuíferos vulnerables, en Yucatán o en cualquier otro estado.

Cómo ayuda Grupo Camvia

En Grupo Camvia revisamos si sus autorizaciones corresponden con su operación actual, elaboramos o actualizamos la Manifestación de Impacto Ambiental, diseñamos programas de monitoreo de descargas y agua subterránea, y le acompañamos en inspecciones de PROFEPA y en la remediación de sitios contaminados cuando hace falta.

¿Su planta descarga aguas residuales o planea ampliar su capacidad? Agende un diagnóstico de cumplimiento con nuestro equipo y llegue preparado a cualquier inspección.

Fuentes

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Nuevo acuerdo SEMARNAT 2026: así cambia la MIA y qué debe hacer su proyecto https://gcamvia.com/acuerdo-semarnat-2026-cambios-mia/ https://gcamvia.com/acuerdo-semarnat-2026-cambios-mia/#respond Thu, 15 Oct 2026 18:13:59 +0000 https://gcamvia.com/?p=299 Qué cambia en la MIA con el acuerdo SEMARNAT del 1 de abril de 2026: modalidades fusionadas, plazos y qué debe hacer su proyecto.

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El 1 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo de SEMARNAT de simplificación administrativa en materia de impacto ambiental. Si su proyecto está en trámite o por iniciar, conviene saber qué cambió y qué no.

Qué publicó SEMARNAT

El acuerdo simplifica los trámites de impacto ambiental, unifica formatos y reduce requisitos. Entró en vigor el 24 de abril de 2026, y las solicitudes presentadas antes de esa fecha siguen tramitándose conforme al marco normativo anterior.

Modalidades de MIA que se fusionan

Antes había una homoclave para la MIA sin riesgo y otra para la MIA con riesgo. Ahora ambas se presentan como un solo trámite por modalidad:

  • SEMARNAT-04-002: MIA en modalidad particular, con y sin actividad altamente riesgosa (antes 04-002-A y 04-002-B).
  • SEMARNAT-04-003: MIA en modalidad regional, con y sin actividad altamente riesgosa (antes 04-003-A y 04-003-B).

Si su actividad es altamente riesgosa, el Estudio de Riesgo Ambiental se integra al mismo expediente.

Nuevos formatos y requisitos reducidos

  • De 12 a 5 requisitos para la MIA particular y la regional: formato de solicitud, documento técnico impreso y digital (con Estudio de Riesgo cuando aplique), documento que acredita la personalidad jurídica, declaración bajo protesta de decir verdad de quienes elaboraron la MIA y comprobante de pago de derechos.
  • Formatos nuevos: FF-SEMARNAT-140 para la MIA particular, FF-SEMARNAT-141 para la regional y FF-SEMARNAT-142 para exención o no requerimiento (SEMARNAT-04-006).
  • Formatos sin efecto: FF-SEMARNAT-117 al 120. Ingresar uno de ellos es una forma fácil de perder tiempo.
  • Adiós a la MIA-E: se abrogó el sistema electrónico de 2017. El documento técnico se entrega impreso y en formato digital.
  • Se modifican los formatos de Informe Preventivo, modificaciones de proyecto, transferencia de titularidad y desistimiento.
  • Nueva guía: la Guía para la presentación y entrega de la Manifestación de Impacto Ambiental, aplicable a MIA particulares y regionales, está disponible en el sitio oficial de SEMARNAT.

Exenciones y no requerimiento

Los trámites de exención y de determinación de no requerimiento se fusionan en el SEMARNAT-04-006, con una lista de documentos más sencilla y un plazo máximo de resolución de 20 días hábiles. Para solicitudes presentadas por la futura Ventanilla Ambiental Electrónica, el plazo sería de 10 días hábiles, una vez que esté habilitada con un acuerdo posterior.

Modificaciones, transferencias y renuncias

  • Modificaciones: se reducen requisitos y se incorpora una matriz comparativa de impactos para evaluar cambios a proyectos ya autorizados.
  • Transferencia de titularidad: quien adquiere el proyecto debe aceptar expresamente las obligaciones existentes, incluido el seguimiento y la atención de incumplimientos.
  • Renuncia: sustituye al aviso de desistimiento y aplica solo si las actividades del proyecto no han iniciado.

Qué cambia en trámites forestales

Se eliminan los trámites unificados de cambio de uso de suelo forestal, en sus modalidades A y B, y la MIA se tramita por una vía independiente. Todavía es posible integrar documentalmente la MIA y el programa de manejo forestal en un mismo expediente, pero cada trámite sigue su propio procedimiento. Si su proyecto implica desmonte, conviene planear desde el inicio cómo integrará ambas autorizaciones. Vea nuestro servicio de cambio de uso de suelo forestal en México.

Qué no cambia

El contenido técnico de las evaluaciones no cambia: la autoridad sigue evaluando los impactos del proyecto y las medidas para prevenirlos, mitigarlos o compensarlos. Simplificar el trámite no elimina la necesidad de un estudio técnico sólido.

Cómo afecta a proyectos en Nuevo León, Coahuila y Tamaulipas

Los proyectos de competencia federal se rigen por este acuerdo. Los de competencia estatal, como los que se evalúan ante SEMA en Nuevo León, dependen de la normativa de cada entidad. Un diagnóstico normativo permite confirmar qué autoridad evalúa su proyecto y con qué formato.

Cómo prepararse

  • Identifique si su proyecto corresponde a MIA federal, MIA estatal o Informe Preventivo.
  • Revise los nuevos formatos y la guía antes de ingresar, y confirme que su expediente no se armó con formatos anteriores.
  • Valide que la declaración bajo protesta y los responsables técnicos del estudio estén correctamente documentados.
  • Si su proyecto ya está autorizado y piensa modificarlo o transferirlo, revise los nuevos requisitos.
  • Si tiene predios forestales, planee por separado el trámite de cambio de uso de suelo.

Si necesita apoyo, conozca nuestro servicio de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) en México o solicite un diagnóstico normativo sin costo.

Fuentes oficiales y de referencia

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Manifestación de impacto ambiental: ¿su proyecto la necesita? Guía rápida https://gcamvia.com/manifestacion-impacto-ambiental/ https://gcamvia.com/manifestacion-impacto-ambiental/#respond Sun, 11 Oct 2026 15:19:25 +0000 https://gcamvia.com/?p=123 Qué es la manifestación de impacto ambiental, cuándo la pide la autoridad federal o estatal y cómo prepararla a tiempo.

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La manifestación de impacto ambiental (MIA) es el estudio con el que la autoridad evalúa si una obra o actividad puede realizarse y bajo qué condiciones. Para muchos proyectos es el primer permiso que hay que obtener y, si no se resuelve a tiempo, puede detener la construcción, el financiamiento y otros trámites.

En esta guía le explicamos quién la solicita, cómo saber si su proyecto la necesita y qué pasos seguir para presentarla sin reprocesos.

¿Quién pide la manifestación de impacto ambiental: federación o estado?

Depende del tipo de proyecto. La federación, a través de SEMARNAT (o de ASEA en el sector hidrocarburos), evalúa las obras y actividades listadas en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA): industria química, petrolera, del cemento o del acero, cambios de uso de suelo forestal y obras en ecosistemas costeros, entre otras.

El resto de los proyectos con posible impacto relevante —por ejemplo, muchos desarrollos inmobiliarios, comerciales e industriales— se evalúa ante la autoridad ambiental del estado. En Nuevo León, el trámite estatal se presenta ante la Secretaría de Medio Ambiente.

Señales de que su proyecto necesita una manifestación de impacto ambiental

  • Va a construir o ampliar una planta, bodega, parque industrial o desarrollo habitacional.
  • El predio tiene vegetación nativa que habrá que retirar.
  • La actividad maneja sustancias peligrosas o combustibles.
  • El proyecto está cerca de cuerpos de agua o de un área natural protegida.

Si cumple con alguna de estas condiciones, lo más probable es que deba presentar una manifestación de impacto ambiental o, en casos de menor impacto, un Informe Preventivo.

¿Qué pasa si arranca la obra sin autorización?

Iniciar obra sin la resolución de impacto ambiental puede derivar en clausura, multas y la obligación de reparar los daños, además de retrasos mucho mayores que el tiempo que tomaba tramitarla. También complica financiamientos, licencias municipales y la venta futura del inmueble.

Cómo preparar su manifestación de impacto ambiental a tiempo

  1. Defina el alcance del proyecto y confirme qué autoridad es competente.
  2. Levante la línea base del sitio: vegetación, fauna, suelo, agua y entorno.
  3. Integre la MIA en la modalidad correcta (particular o regional) o, si aplica, un Informe Preventivo.
  4. Ingrese el trámite y atienda a tiempo los requerimientos de información.
  5. Cumpla las condicionantes de la resolución durante la obra y la operación.

Planear la manifestación de impacto ambiental desde el inicio del proyecto evita reprocesos y le da certeza a su calendario de obra. Conozca cómo lo hacemos en nuestro servicio de impacto y riesgo ambiental.

¿Tiene dudas sobre su proyecto? Solicite un diagnóstico normativo sin costo o escríbanos a hello@gcamvia.com / WhatsApp 55 3025 6001.

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